Decreto 666/1999

Fecha de disposición28 Junio 1999
Fecha de publicación28 Junio 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29175

Decreto 666/99 del 22/6/99 MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 666/99

Autorízase al citado Departamento de Estado y al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial a adoptar todos los actos necesarios para proceder a la venta de las acciones de YPF S.A. de propiedad del Estado Nacional y del Fondo, en el marco de la Oferta Pública de Adquisición de acciones de la empresa mencionada efectuada por Repsol S.A.

Bs. As., 22/6/99

VISTO el Expediente Nº 080-003667/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, lo dispuesto por las Leyes Nº 23.696, Nº 24.145, Nº 24.474 y Nº 24.623, los Decretos Nº 1105 del 20 de octubre de 1989, Nº 2778 del 31 de diciembre de 1990, Nº 588 del 1º de abril de 1993, Nº 286 del 27 de febrero de 1995 y sus modificatorios y Nº 31 del 20 de enero de 1999, las Normas de la COMISION NACIONAL DE VALORES (N.T. 1997) y sus modificatorias, y las Resoluciones Generales de la COMISION NACIONAL DE VALORES Nº 330 de fecha 18 de marzo de 1999 y Nº 332 del 15 de abril de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 23.696 dispuso el estado de emergencia administrativa de los organismos del ESTADO NACIONAL y facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a proceder a la privatización o a la liquidación de las empresas o sociedades estatales (artículo 11), estableciendo como requisito previo que las mismas sean declaradas "sujetas a privatización" (artículo 8º).

Que el Artículo 6º de la Ley Nº 24.145 aprobó lo dispuesto por el Decreto Nº 2778 del 31 de diciembre de 1900 que transformó a YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO en YPF SOCIEDAD

ANONIMA, regida por la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias.

Que el Artículo 9º de la Ley Nº 24.145 declaró a YPF SOCIEDAD ANONIMA sujeta a privatización.

Que el Decreto Nº 588 del 1º de abril de 1993 delegó en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la adopción de las decisiones necesarias para la venta de acciones de propiedad del ESTADO NACIONAL emitidas por empresas privatizadas o sujetas a privatización en base a las condiciones y prácticas de los mercados en las que aquellas acciones se ofrezcan, facultándolo para contratar servicios de asesoramiento, pagar gastos, negociar y suscribir acuerdos y realizar los demás actos vinculados a tales ventas de acciones.

Que el artículo 18 de la Ley Nº 23.696 dispone que las modalidades establecidas en el artículo 17 de la mencionada ley se ejecutarán por alguno de los procedimientos señalados, entre los que se cuenta la venta de acciones en Bolsas y Mercados del País, estableciendo que la determinación del procedimiento de selección será justificado en cada caso...

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