Decreto 614/1999

Fecha de disposición09 Junio 1999
Fecha de publicación09 Junio 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29164

Decreto 614/99 del 7/6/99 EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 614/99

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en la "3ª Feria de las Naciones", a realizarse en la ciudad de Córdoba.

Bs. As., 7/6/99

VISTO el Expediente Nº 061-007707/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la COOPERADORA DE ACCION SOCIAL -COAS-, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos, afiches y otras formas de propaganda, originarios de los países participantes en la "3a. FERIA DE LAS NACIONES", a realizarse en la Ciudad de Córdoba, Provincia de CORDOBA (REPUBLICA ARGENTINA), del 7 al 18 de julio de 1999.

Que la "3a. FERIA DE LAS NACIONES", versión Córdoba, tendrá como finalidad recaudar fondos para ayudar a mejorar los servicios de los Hospitales que pertenecen al interior del país.

Que la realización de dicha muestra representa una importante fuente de ingresos con la que cuenta la COOPERADORA DE ACCION SOCIAL -COAS-, para alcanzar dicha meta, tanto en los Hospitales como en los demás centros asistenciales, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de los productos por un valor FOB de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL (U$S 200.000) con carácter de excepción, a ser distribuidos como máximo entre VEINTE (20) países participantes.

Que dicha autorización se otorga atento el fin estrictamente benéfico que persigue la interesada, cuya acción habrá de redundar en beneficio de la comunidad.

Que las Embajadas acreditadas ante nuestro país, a las cuales se consignarán los productos a exhibir, auspiciarán y prestarán la máxima colaboración para la realización de la aludida Feria, exhibiendo productos de cada país participante, los cuales serán vendidos entre el público concurrente, en los stands que cada Representación Diplomática dispondrá en la citada manifestación ferial.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER...

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