Decreto 238/1999
Fecha de disposición | 23 Marzo 1999 |
Fecha de publicación | 23 Marzo 1999 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 29111 |
Decreto 238/99 del 17/3/99 EDUCACION SUPERIOR
Decreto 238/99
Autorízase provisoriamente la creación y el funcionamiento del Instituto Universitario "Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas (ESEADE), con sede en Capital Federal.
Bs. As., 17/3/99
B.O: 23/3/99
VISTO el expediente N° 1140-5/96 en CINCO (5) cuerpos del registro del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, la Ley de Educación Superior N° 24.521 y el Decreto reglamentario Nº 576 del 30 de mayo de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado la "ESEADE" FUNDACION ESCUELA SUPERIOR DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION DE EMPRESAS con sede en la calle Uriarte N° 2472, de CAPITAL FEDERAL, solicita autorización provisoria para crear y poner en funcionamiento el INSTITUTO UNIVERSITARIO "ESCUELA SUPERIOR DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION DE EMPRESAS (ESEADE)", en los términos del artículo 62 de la Ley N° 24.521.
Que la propuesta referida, que acredita el respaldo económico y patrocinio de la entidad peticionante, se adecua a lo establecido en el artículo 27 de la ley citada, cumple con los criterios determinados por el artículo 63 de dicha norma y se ajusta a las pautas y requisitos exigidos por los artículos 3° y 4° del Decreto N° 576/96.
Que la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA en su dictamen previsto por los artículos 62 y 63 de la Ley N° 24.521 y en el artículo 6° del Decreto N° 576/96, recomienda otorgar la autorización provisoria para el funcionamiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO "ESCUELA SUPERIOR DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION DE EMPRESAS (ESEADE)", destacando la trayectoria educativa de la Fundación como formadora de recursos humanos en posgrados del área de la Economía y la Administración, la viabilidad y la consistencia del proyecto institucional, la organización y estructura académica, congruente con el perfil de la institución, planes de enseñanza adecuados y satisfactorios, así como el nivel y antecedentes en investigación científica y docencia universitaria del cuerpo de profesores con el que contará al comienzo de sus actividades.
Que sobre la base de los antecedentes expuestos y en virtud de haberse cumplido los requisitos establecidos por el Decreto N° 576/96, el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION aconseja conceder la autorización provisoria para la creación y el funcionamiento mencionado, encuadrado en el régimen de la Ley 24.521.
Que concedida a la institución universitaria la autorización provisoria, antes de dar comienzo a...
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