Decreto 1177/1998

Fecha de disposición14 Octubre 1998
Fecha de publicación14 Octubre 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta29000

Decreto 1177/98 del 2/10/98 CONVENIOS DE PRESTAMO

Decreto 1177/98

Apruébase el modelo de Convenio de Préstamo a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), con destino al Segundo Proyecto de Asistencia Técnica para el Desarrollo del Sector Minero.

Bs. As., 2/10/98

B.O.: 14/10/98

VISTO el Expediente N° 067-000024/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que el mismo se refiere al modelo de Convenio de Préstamo propuesto para ser suscrito entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 39.500.0000), para la realización del SEGUNDO PROYECTO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR MINERO, cuya ejecución se llevará a cabo a través de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que mediante el Decreto N° 538 del 6 de octubre de 1995 ha sido aprobado el modelo del Convenio de Préstamo del PROYECTO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR MINERO, actualmente en ejecución, y ha sido autorizada la creación de la Unidad de Coordinación del Proyecto.

Que el SEGUNDO PROYECTO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR MINERO tiene por objetivo continuar apoyando las reformas institucionales que alienten la expansión de las inversiones privadas en el sector minero, el aumento de la capacidad para la administración eficiente de los derechos mineros, el establecimiento de garantías ambientales preventivas adecuadas y la consolidación de los servicios de información a través de sistemas interconectados que faciliten la orientación y el incremento de la inversión privada minera en todas las provincias.

Que corresponde extender la capacidad legal de la Unidad de Coordinación del Proyecto, creada en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para la ejecución del SEGUNDO PROYECTO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR MINERO.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, períodos de gracia, tasas de interés, comisiones por compromiso y demás cláusulas contenidas en el Convenio de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de convenios y resultan adecuados a los propósitos y...

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