Decreto 94/1998

Fecha de disposición30 Enero 1998
Fecha de publicación30 Enero 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28826

Decreto 94/98 del 26/01/98 BIBLIOTECA NACIONAL Decreto 94/98 Apruébase la estructura organizativa del citado organismo autárquico y descentralizado de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación. Bs. As.. 26/1/98 B:O: 30/01/98 VISTO los Decretos Nros. 558 y 1386 de fechas 24 de mayo y 29 de noviembre de 1996, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1386 de fecha 29 de noviembre de 1996 se estableció que la BIBLIOTECA NACIONAL desarrolle su acción como organismo autárquico y descentralizado en la jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, disponiendo la reformulación integral de su estructura organizativa. Que la reformulación integral se encuentra enmarcada en la Segunda Reforma del Estado propiciada a través de la aplicación de las medidas dictadas por el Decreto N° 558 del 24 de mayo de 1996. Que el AREA DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCION DE LEGISLACION CULTURAL Y ASUNTOS LEGALES dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, han tomado la intervención que les compete, expidiéndose en forma favorable. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo l°-Apruébase la estructura organizativa de la BIBLIOTECA NACIONAL, como organismo autárquico y Descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, Planta Permanente y Transitoria, que como Anexos I, II, III a, y III b forman parte integrante de la presente medida. Art. 2°-Los gastos que demande el funcionamiento de la estructura que se aprueba por el presente decreto, serán imputados a las partidas específicas de la Jurisdicción 20.14 - PRESIDENCIA DE LA NACION - SECRETARIA DE CULTURA - ORGANISMO DESCENTRALIZADO 116 - BIBLIOTECA NACIONAL. Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase. -MENEM - Jorge A. Rodríguez - Carlos V. Corach. ANEXO I ANEXO II BIBLIOTECA NACIONAL OBJETIVOS 1. Custodiar, acrecentar, preservar, conservar, registrar y difundir la memoria impresa de la cultura, con prioridad en lo que hace a la herencia cultural del país. recogida sobre cualquier soporte permanente de información. 2. Prestar un servicio público de consulta a los usuarios...

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