Decreto 78/1998
Fecha de disposición | 27 Enero 1998 |
Fecha de publicación | 27 Enero 1998 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 28823 |
Decreto 78/98 del 22/01/98 CONTRATOS DE PRESTAMO Decreto 78/98 Apruébase el Contrato de Préstamo a celebrarse entre Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA) y el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau Frankfurt am Main (KFW), referido a la rehabilitación de la Central Nuclear Atucha I. Bs. As., 22/1/98 B.O: 27/01/98 VISTO el Expediente Nº 001-002901/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que se gestiona la aprobación del Contrato de Préstamo adjunto a las mencionadas actuaciones, y CONSIDERANDO: Que con fecha 28 de febrero de 1995 se ha suscripto el Contrato denominado Enmienda Nº 8, entre NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA) y SIEMENS AG, POWER GENERATION GROUP (KWU), referido al suministro de bienes y servicios con vistas a la rehabilitación de la Central Nuclear ATUCHA I. Que el Decreto Nº 602 del 5 de junio de 1996 aprobó el Contrato de Préstamo F 2530 entre NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA) y el KREDITANSTALT FUR WIEDERAUFBAU Frankfurt am Main (KFVV), por un monto de MARCOS ALEMANES DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL (DM 12.750.000), que contempla la financiación parcial del ANEXO II de fecha 1 de febrero de 1996 correspondiente a la ENMIENDA Nº 8. Que asimismo, con fecha 13 de mayo de 1997, entre las partes se suscribió el ANEXO III a la Enmienda Nº 8, acordando hacer un uso parcial del monto de dicha Enmienda, y fijando el mismo por un valor total de MARCOS ALEMANES QUINCE MILLONES (DM 15.000.000). Que con el objeto de la financiación parcial del referido Contrato de Préstamo, se ha gestionado y obtenido el KREDITANSTALT FUR WIEDERAUFBAU Frankfurt am Main (KFW) un crédito denominado F 2845 por un monto de hasta la suma de MARCOS ALEMANES DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL (DM 12.750.000), equivalente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de los bienes y servicios a suministrar. Que por dicha Enmienda Nº 8, entre otras cosas, se estipula que NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA) deberá abonar el DIEZ POR CIENTO (10%) de anticipo y el CINCO POR CIENTO (5%) de las facturas y documentación de embarque con fondos propios. Que las condiciones, plazos de amortización y demás cláusulas contenidas en el Contrato de Préstamo se consideran adecuados a los propósitos y objetivos a que esta destinado el financiamiento a obtenerse. Que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 61 de la Ley Nº 24.156, emitiendo su opinión favorable. Que la DIRECCION...
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