Decreto 444/1996
Fecha de disposición | 30 Abril 1996 |
Fecha de publicación | 30 Abril 1996 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 28385 |
Decreto 444/96 del 25/04/96 PRIVATIZACIONES
Decreto 444/96
Facúltase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos para procurar la Concesión de la Terminal Portuaria Nº 6 de Puerto Nuevo, Ciudad de Buenos Aires, a través de los mecanismos previstos en la Ley Nº 23.696.
Bs. As., 25/4/96
VISTO el Expediente Nº 554-000537/96 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el cual se tramita la autorización para el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Terminal Portuaria Nº 6 en PUERTO NUEVO, Ciudad de BUENOS AIRES y lo dispuesto por la Ley Nº 23.696, su Decreto Reglamentario Nº 1105 de fecha 20 de octubre de 1989, la Ley Nº 24.093 y su Decreto Reglamentario Nº 769 de fecha 19 de abril de 1993, así como lo establecido en el Decreto Nº 817 de fecha 26 de mayo de 1992, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 7 de julio de 1994 se suscribió el contrato de concesión de la Terminal Portuaria Nº 6 de PUERTO NUEVO de la Ciudad de BUENOS AIRES con la firma TERMINAL PORTUARIA INTEFEMA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.
Que la firma concesionaria incumplió obligaciones previstas en los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares que rigieron la Licitación Pública referida.
Que algunas de ellas por su gravedad, comprometían la continuidad del contrato de concesión en los términos convenidos.
Que la concesionaria incumplió la obligación de mantenimiento de las garantías dadas en orden a lo dispuesto por los artículos 28.1.1 y 28.1.2 del Pliego de Condiciones Licitatorias.
Que por otra parte, se registraron atrasos en el pago de tasas al concedente, pagos parciales de intereses y punitorios fuera de término y diferencias por montos muy significativos en el pago de las tasas a las cargas rendidas.
Que al fenecer la cobertura del seguro constituida en los términos del artículo 51 del Pliego de Bases y Condiciones Generales referido e intimada la concesionaria a la renovación de dicha cobertura de seguro, ésta no dio cumplimiento a esa obligación.
Que por Disposición Nº 11.797/95-ANBA, la repartición fiscalizadora suspendió a partir del 19 de diciembre próximo pasado el ingreso de mercadería a la terminal.
Que por Resolución Nº 3 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (En Liquidación), de fecha 1 de febrero de 1996, se resolvió rescindir el contrato de concesión de la...
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