Decreto 908/1995

Fecha de disposición20 Diciembre 1995
Fecha de publicación20 Diciembre 1995
SecciónDecretos
Número de Gaceta28295

INFOLEG PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Decreto 908/95

Establécese la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y reglaméntanse artículos de la citada norma.

Bs. As., 11/12/95

VISTO el Expediente Nº 080-003613/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y la Ley 24.467, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario designar la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley 24.467, conforme lo establecen sus artículos 30 y 81, como asimismo reglamentar los artículos 2º, 3º, 4º, 8º, 11, 12, 13, 14, 19, 20, 21, 22, 34, 42, 43, 45 y 46, pertenecientes también los Títulos I y II de la Ley. En cuanto al Título III su reglamentación ya se instrumentó a través del Decreto Nº 737 del 30 de mayo de 1995.

Que en relación a la caracterización de las empresas que se calificarán como pequeñas y medianas, y hasta tanto la Autoridad de Aplicación defina nuevos parámetros, se estima conveniente mantener el régimen actual establecido por la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 401 de fecha 23 de noviembre de 1989 y sus modificatorias.

Que, asimismo, se estima conveniente en función del aprovechamiento de las instituciones existentes, identificar lo que ha de entenderse por calificadoras de riesgo a los efectos de la evaluación del desempeño de las pequeñas y medianas empresas, y en tal sentido se provee a ello mediante referencia al Régimen del Decreto Nº 656 del 23 de abril de 1992.

Que, con respecto a la formación de Consorcios de pequeñas y medianas empresas, se mantiene el régimen de promoción actual del Decreto Nº 2586 del 22 de diciembre de 1992.

Que, en relación a los límites establecidos en el artículo 34, es necesario que los estatutos reglamenten las modalidades en que habrán de desenvolverse, ya que...

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