Decreto 866/1995

Fecha de disposición30 Junio 1995
Fecha de publicación30 Junio 1995
SecciónDecretos
Número de Gaceta28175

Decreto 866/95 del 27/06/95 CONTRATOS DE PRESTAMO Decreto Nº 866/95 Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto con el, Banco Interamericano de Desarrollo, con destino al Programa Sectorial de Apoyo al Ajuste Fiscal y Reformas Sociales. Bs. As., 27/06/95 VISTO el modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S 450.000.000) o su equivalente en otras monedas, y CONSIDERANDO Que mediante el referido contrato de Préstamo el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO coopera con la NACION ARGENTINA en la ejecución de un PROGRAMA SECTORIAL DE APOYO AL AJUSTE FISCAL Y REFORMAS SOCIALES. Que el Programa mencionado está integrado por un programa propiamente dicho que tiene por objeto asegurar que el gasto público en materia de reformas sociales se mantenga en niveles adecuados, que se implante el Plan Social Alimentario y se desarrollen sistemas de información del gasto social nacional y provincial. Que asimismo dicho Programa financiado con los recursos del Contrato de Préstamo tendrá por finalidad asegurar mayor eficiencia y equidad en la entrega de servicios de salud, generación de empleo productivo y suministro de educación de alta calidad. Que se prestará apoyo para el fortalecimiento institucional de los organismos responsables de la preparación, procesamiento e implantación de las reformas de los sectores de salud, laboral, educación, empleo, nutrición y normatización, así como de asistencia materno-infantil. Que también integra el Programa un Proyecto, que consiste en un conjunto de importaciones de bienes elegibles, adquiridos por los sectores públicos y privados de la REPUBLICA ARGENTINA, conforme resulta del Contrato de Préstamo. Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y las demás cláusulas contenidas en el Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se convienen en este tipo de Contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que está destinado este Préstamo. Que la formalización de esta operación requiere que la NACION ARGENTINA por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS suscriba el Contrato de Préstamo y la documentación complementaria del mismo. Que dicho Contrato está comprendido en el artículo 60...

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