Decreto 1198/1985

Fecha de disposición04 Julio 1985
Fecha de publicación04 Julio 1985
SecciónDecretos
Número de Gaceta25711

LEY DE LEY DE MINISTERIOS LEY DE LEY DE MINISTERIOS

Modifícase en la parte correspondiente al Ministerio de Economía.

DECRETO Nº 1.198

Bs. As., 28/6/85

VISTO los Decretos números 15 y 134 del 10 de diciembre de 1983 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas medidas se determinaron las Secretarías y Subsecretarías de las distintas áreas ministeriales y de la Presidencia de la Nación y sus respectivas misiones.

Que por los Decretos números 3.855 del 11 de diciembre de 1984, 359 del 19 de febrero de 1985 y 1.189 del 26 de junio de 1985, se introdujeron modificaciones en el esquema original de organización del Ministerio de Economía.

Que se hace necesario introducir modificaciones en el esquema de organización de la Secretaría de Hacienda, con el fin de lograr una más ágil y fluida operatoria entre los organismos encargados del tratamiento de los problemas vinculados con el financiamiento de la deuda pública nacional, interna y externa y con el movimiento de fondos del Tesoro.

Que asimismo es indispensable contar con un organismo que nuclee y se aboque específicamente a todas aquellas cuestiones relacionadas con los presupuestos provinciales, su financiación y la resolución de situaciones de carácter ordinario o coyuntural, de conformidad con las directivas e instrucciones que surjan de las políticas fijadas en la materia por el Superior Gobierno de la Nación.

Que el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra facultado para adoptar las medidas consiguientes en virtud de las atribuciones que le son propias por imperio del Artículo 86, inciso 1º de la Constitución Nacional y, en el particular, de los Artículos 9º, 33 y 36 de la Ley de Ministerios (t.o. 1983).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyase en el Artículo 1º del Decreto Nº 15 del 10 de diciembre de 1983, modificado por el Artículo 1º del Decreto Nº 3.855 del 11 de diciembre de 1984, por el Artículo 1º del Decreto Nº 359 del 19 de febrero de 1985 y por el Artículo 1º del Decreto Nº 1.189 del 28 de junio de 1985, la parte correspondiente al Ministerio de Economía, por lo siguiente:

MINISTERIO DE ECONOMIA

SUBSECRETARIA TECNICA Y DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

I Secretaría de Coordinación Económica Subsecretaría de Política Económica Subsecretaría de Relaciones Institucionales

II Secretaría de Hacienda Subsecretaría de Política y Administración Tributaria Subsecretaría de Presupuesto Subsecretaría de la Deuda Externa...

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