Decreto 61/2010

Fecha de la disposición18 de Agosto de 2010

Miércoles 18 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.967 6

DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada SubsecretarÃa, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desagües Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el ArtÃculo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el ArtÃculo 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N'º1759/72 T.O. 1991 y el ArtÃculo 68 del Anexo I del Decreto N'º999 de fecha 18 de junio de 1992.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Recházase el recurso de alzada interpuesto en subsidio por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución N'º131 de fecha 19 de julio de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Art. 2'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Julio M. De Vido.

SERVICIOS PUBLICOS Decreto 61/2010

Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución N'º199/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (ETOSS).

Bs. As., 14/1/2010

VISTO el Expediente N'º15.803/06 del Registro del entonces ENTETRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21 de marzo de 2006, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N'º1759/72 T.O. 1991, y CONSIDERANDO:

Que el titular de los inmuebles sitos en la Avenida Belgrano Nros. 2545, 2563 y 2575, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES se presentó, con fecha de recepción 30 de noviembre de 2001, en sede del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) y efectuó el reclamo N'º51.033 relativo a un error en la facturación efectuada por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA en los inmuebles mencionados anteriormente.

Que a través del reclamo, sostuvo que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA al facturarle con Cuota Fija dentro de la categorÃa No Residencial, habÃa incurrido, por no ingresarlo oportunamente al Régimen Medido, en errónea facturación.

Que asimismo el reclamante sostuvo que se le debió facturar el Cargo Fijo dentro de la categorÃa correspondiente, que en dicha instancia ascendÃa sólo al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la Cuota Fija, solicitando en consecuencia la devolución de los importes mal facturados, con más intereses y recargos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor N'º24.240.

Que el reclamo en cuestión fue considerado por el entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS)...

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