DECRETO 2159 / 2020 DECRETO de 18 de Noviembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor25 de Noviembre de 2020
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2020
Número de Boletín29865
Fecha de Publicación24 de Noviembre de 2020
Número de documento79387

DECRETO N° 2.159/14 (MGyJ), del 18/11/2020

EXPEDIENTE N° 1.147/110-A-2020.-

VISTO estas actuaciones, por las cuales el Dr. Arnaldo Edgardo Alonso, presenta su Renuncia Condicionada al cargo de Vocal de la Excma. Cámara Civil en Documentos y Locaciones Sala II, del Centro Judicial Capital; y CONSIDERANDO:

Que el citado magistrado fundamenta su dimisión para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria prevista en la Ley Nacional N° 24.018.

Que por Convenio Complementario -Régimen de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Tucumán- celebrado entre el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), se prevé la figura de "Renuncia Condicionada" mientras se realizan los trámites para acceder a la jubilación.

Que a fs. 07/14, se acompañan informes de los distintos fueros judiciales respecto al Dr. Arnaldo Edgardo Alonso.

Que a fs. 15/17, la Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte Suprema de Justicia indica que no registra sanciones disciplinarias y que no se encuentra inscripto como deudor alimentario.

Que a fs. 18, la Honorable Legislatura de Tucumán informa que no existe pedido de Formación de Jurado de Enjuiciamiento en trámite en contra del magistrado.

Por ello; y de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 22/23, Dictamen Fiscal N° 1852 de fecha 08/10/2020,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

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