Decreto 2134-2003

Fecha de la disposición29 de Julio de 2003

DECRETO N° 2134

SANTA FE, 29 de Julio de 2003

VISTO:

El Expediente N° 00401-0117954-2 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada solicita la aprobación definitiva del Plan de Estudios de la Carrera de “Profesorado para el Tercer Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Polimodal en Italiano” que se aplica en el Instituto Superior Particular Incorporado N° 9006 “Dante Alighieri” de la ciudad de Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 353/02, el Poder Ejecutivo Nacional flexibilizó los plazos de aplicación de la Ley Federal de Educación N° 24195 hasta el 1° de enero de 2004, y por ende, el cumplimiento por parte de todas las jurisdicciones provinciales de las normas derivadas de la citada ley en materia de validez nacional de estudios y títulos;

Que teniendo en cuenta las disposiciones adoptadas por el Consejo Federal de Cultura y Educación durante el período 1998-2000 referidas a la Formación Docente Inicial, resulta necesario la elaboración de nuevos planes, de estudio que respondan a una estricta adecuación a sus preceptos, con la finalidad de garantizar la validez nacional de los títulos que se otorguen, previendo el respeto de la proporcionalidad de Espacios Curriculares en los tres Campos de la Formación Docente: Formación General Pedagógica, Formación Especializada y Formación Orientada;

Que el presente Diseño Currícular satisface los requerimientos detallados, a la vez que revaloriza la profesión docente, por cuanto incluye la Práctica Docente de los alumnos desde el Primer Año de la carrera y jerarquiza la tarea actual de los profesores en ejercicio en las instituciones de formación docente, dada la previsión de articular sus funciones formadoras actuales, conforme se establece por Decreto Provincial N° 2173/98, con las de Capacitación, Perfeccionamiento y Actualización Docente, y Promoción e Investigación y Desarrollo;

Que atento a lo expresado en la Resolución N° 57/97 del Consejo Federal de Cultura y Educación, la enseñanza de la lengua extranjera se concibe como una ventana a una cultura que no es la propia, pero que se comprende como vehículo de la cultura que la sustenta;

Que como se explicita en la Resolución N° 66/97 del Consejo Federal precitado, se debe favorecer la pluralidad lingüística y cultural, respetando el rol social de cada lengua a través de la promoción de procesos de enseñanza, aprendizaje y adquisición...

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