DECRETO 2128 / 2017 DECRETO de 10 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2017
Fecha de la disposición10 de Julio de 2017
Número de Boletín29051
Fecha de Publicación26 de Julio de 2017
Número de documento60871

DECRETO N° 2.128/3 (ME), del 10/07/2017.

EXPEDIENTE N° 62/369-SAT-2017.-

VISTO que por las presentes actuaciones mediante las cuales la Sociedad Aguas del Tucumán (SAT SAPEM) gestiona el pago de las facturas correspondientes a los periodos comprendidos entres el 1er al 6to bimestre de 2016, por los servicios de agua y cloacas prestados a inmuebles pertenecientes al Estado Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que a Fs. 2/71 se adjunta detalle analítico de la deuda reclamada que asciende a la suma total de $3.938.953,78, siendo ésta auditada por la Dirección General de Auditoría que no formula observaciones al respecto en su informe adjunto a Fs. 75/76.

Que a foja 80, el Departamento Asesoramiento Contable de la Contaduría General de la Provincia se expide sobre la procedencia del pedido e indica que la deuda se podrá cancelar mediante la emisión de dos (2) cheques de pago diferido por el monto de $1.969.476,89, cada uno a treinta (30) y sesenta (60) días.

Que a foja 81 la Dirección General de Presupuesto indica la imputación presupuestaria que deberá darse a la presente erogación.

Que en consecuencia, resulta menester proceder de conformidad a lo solicitado, dictando para ello la pertinente medida administrativa.

Por ello, en mérito al dictamen fiscal N° 853 del 20 de abril de 2017, adjunto a foja 83 de autos,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Dispónese el pago de la suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($3.938.953,78) a favor de la SOCIEDAD AGUAS DEL TUCUMÁN (SAT-SAPEM) en concepto de servicios de agua y cloacas prestados a inmuebles pertenencientes al Estado Provincial, correspondientes a facturas emitidas por los periodos comprendidos entres el 1er. al 6to. bimestre de 2016 (conforme surge del detalle analítico adjunto a fojas 2/71) dejando establecido que dicho monto será cancelado mediante la entrega de dos (2) cheques de pago diferido, a treinta (30) y sesenta (60) días.

ARTICULO 2°

Impútese la presente erogación a la Jurisdicción 50: -SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO- Programa 93: -Erogaciones Varias Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01: -Erogaciones Corrientes -Partida Subparcial...

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