DECRETO 2126 / 2019 DECRETO de 24 de Julio de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Agosto de 2019
Fecha de la disposición24 de Julio de 2019
Número de Boletín29548
Fecha de Publicación 7 de Agosto de 2019
Número de documento73456

DECRETO N° 2.126/3 (ME), del 24/07/2019.-

EXPEDIENTE N° 318/369/D/2015 y agdo.

VISTO que por las presentes actuaciones se tramita la promoción al cargo categoría 21 de la CPN Danisa Maricel Penida, DNI 28.681.397, personal planta permanente -categoría 19- dependiente de la DIRECCIÓN DE RECURSOS TRIBUTARIOS del Ministerio de Economía, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 36/37 se adjunta foja de servicios de la citada agente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 1.555/1 del 29 de mayo de 2006.

Que a fojas 40 la Dirección General de Presupuesto informa que la Unidad de Organización N° 420 - Ministerio de Economía, dispone del cargo vacante en categoría 21.

Que a fojas 43 la Dirección General de Recursos Humanos informa que se encuentra cumplido el requisito exigido por el artículo 16 de la Ley N° 5473 en materia de Carrera Administrativa.

Que en consecuencia, y teniendo en cuenta que el presente caso encuadra en las previsiones de los Artículos 16 y 17 de la Ley N° 5.473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública de Tucumán- y del Artículo 7° del Decreto N° 646/1-83, reglamentario de la citada norma, corresponde efectuar los ajustes presupuestarios necesarias, dictando para ello la pertinente medida administrativa.

Por ello, en mérito al Dictamen Fiscal N° 1397 del 24/05/2018 obrante a fojas 49 de autos,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Dispónese la promoción al cargo categoría 21, de la CPN Danisa Maricel Penida, DNI 28.681.397, personal planta permanente -categoría 19-, dependiente de la DIRECCIÓN DE RECURSOS TRIBUTARIOS del Ministerio de Economía.

ARTICULO 2°

La erogación que resulte de lo dispuesto precedentemente será imputada a las partidas específicas con que a tales fines cuenta la Unidad de Organización N° 420 Ministerio de Economía.

ARTICULO 3°

Facúltase a la Secretaría de Estado de Hacienda a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

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