Decreto 209

La Plata, 30 de diciembre de 2003.

Visto: El expediente Nº 5846-2045180/93 y agregados Nº 5846-2183505/93, por el cual se gestiona declarar operada la prescripción adquisitiva de dominio de los inmuebles ubicados en el partido de Berazategui, ocupados por el Centro Educativo Complementario Nº 801, dependiente de la Dirección de Psicología y Asistencia Social Escolar; y

CONSIDERANDO:

Que el referido bien se identifica catastralmente como Circunscripción IV, Sección P, Manzana 39, Parcelas 32 y 33;

Que conforme surge de lo actuado en autos, el citado Centro ocupa los mencionados inmuebles desde el año 1974, habiendo sus autoridades gestionado en diversas oportunidades la donación de los mismos, en atención a que -según manifiestan- era la intención del titular dominial;

Que producido el fallecimiento del propietario, sus herederos suscriben a fojas 56 Acta de Donación de los inmuebles a favor de la Dirección General de Cultura y Educación, reconociendo expresamente la posesión de los mismos por parte del Centro Educativo citado desde el 1º de enero de 1974;

Que conforme lo manifestado anteriormente, el Fisco Provincial detenta la posesión pacífica e ininterrumpida "animus domini" del inmueble por más de veinte (20) años a la fecha;

Que se dan en el presente caso los presupuestos para declarar la prescripción adquisitiva, de acuerdo con el artículo 4015 del Código Civil y lo normado por la Ley 21.477, modificada por su similar Nº 24.320;

Que la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y el señor Fiscal de Estado estiman que corresponde el dictado del acto administrativo que declare operada la prescripción adquisitiva de los inmuebles de que se trata a favor de esta provincia;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

Declárase operada la prescripción adquisitiva de dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la Dirección General de Cultura y Educación, sobre los inmuebles ubicados en el partido de Berazategui, designados catastralmente como Circunscripción IV, Sección P, Manzana 39, Parcelas 32 y 33, que se encuentran ocupados por el Centro Educativo Complementario Nº 801, dependiente de la Dirección de Psicología y Asistencia Social Escolar.

Artículo 2º

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