DECRETO 2072 / 2017 DECRETO de 5 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor22 de Julio de 2017
Fecha de la disposición 5 de Julio de 2017
Número de Boletín29048
Fecha de Publicación21 de Julio de 2017
Número de documento60784

DECRETO N° 2.072/9 (MDP), del 05/07/2017.

Expediente N° 1811/390-C-2014 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas del Tucumán Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAT-SAPEM) en contra de la Resolución N° 508/16 de fecha 09/09/16, emitida por el Director del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que el acto administrativo de referencia (fs. 28/29) es confirmatorio de la Resolución ERSEPT (U) N° 242/15 de fecha 24/06/15 (fs. 13/15), por la cual el señor Gerente de Atención al Usuarios del ERSEPT, ordenó a la prestadora a que, de inmediato a la notificación de la presente resolución, proceda a realizar las obras y/o maniobras necesarias para brindar solución definitiva al problema del deficiente servicio de agua potable al suministro correspondiente al domicilio de Lucas Córdoba N° 1.325 de esta ciudad. A continuación ordenó que efectúe descuentos del 70% por deficiencias técnicas de cada una de las facturas del servicio afectado, de los períodos comprendidos entre la fecha del reclamo y la solución definitiva del problema, y por último que se abstenga de restringir el servicio afectado hasta tanto no se haya dado una solución final al problema del reclamante, conforme lo normado por los arts. 22 inc. 2) y 64 de la Ley N° 6.529;

Que a fs. 32/33 la empresa presentó un Recurso de Alzada, el cual es formalmente admisible por haber sido deducido en el plazo del Art. 68 de la Ley N° 4.537;

Que la distribuidora funda sus agravios en que la misma contastó que el problema obedecía al envejecimiento de las cañerías, junto con el crecimiento poblacional en la zona que agudiza el problema, en consecuencia, comenzó a realizar obras tendientes a dar solución y al momento de presentar el recurso de reconsideración el problema estaba resuelto;

Que la firma...

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