DECRETO 2063 / 2017 DECRETO de 5 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor21 de Julio de 2017
Fecha de la disposición 5 de Julio de 2017
Número de Boletín29047
Fecha de Publicación20 de Julio de 2017
Número de documento60743

DECRETO N° 2.063/4 (SENAyF), del 05/07/2017.

EXPEDIENTE N° 5.826/425-AT-2.016 y Agdo.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Secretario General del Consejo Directivo de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) - Tucumán, solicita se otorgue Licencia Gremial con goce de haberes a la agente María Alejandra Teseira Categoría 18 - Planta Permanente de la U.de O. N° 830-Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social; y

CONSIDERANDO:

Que lo gestionado es en razón de que la nombrada resultó electa en los comicios de fecha 02 de Septiembre de 2.015, como Secretaria de Formación del Consejo Directivo Provincial de A.T.E., cuyo mandato se extiende desde el 06/11/2015 hasta el 05/11/2.019, por un período de cuatro años (conforme lo establece la Ley Provincial N° 6.170);

Que se adjunta Fojas de Servicios de la señora Teseira María Alejandra (fs.07/11);

Que a fs. 12 y 32 emite informes de su competencia la Jefa de División Sectorial de Personal de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia;

Que a fs. 14 y 34 toma conocimiento la señora Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia;

Que a fs. 16 el Secretario General de A.T.E., informa que la señora Teseira es actual Secretaria de Formación, no percibiendo remuneración dineraria alguna;

Que a fs. 19 se expide la Dirección General de Recursos Humanos, expresando que la Ley Provincial N° 6.107 regula la actividad gremial en el ámbito de la Administración Pública Provincial y otorga licencia con percepción de haberes al personal que integre los cuerpos directivos o comisiones de organizaciones sindicales mientras dure su mandato y cuando no reciba retribución por la entidad respectiva, considerando que a la agente Teseira le corresponde el derecho a gozar de la licencia solicitada;

Que a fs. 22/23 interviene la Dirección de Capital Humano del Ministerio de Desarrollo Social;

Que a fs. 25 emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del citado Ministerio;

Que en consecuencia, se estima procedente dictar el acto administrativo...

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