Decreto 2038-2010

Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2010

DECRETO Nº 2038

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

20 OCT 2010

V I S T O:

El Expediente N° 01804-0002881-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que el último ajuste de tarifas reconocido a los servicios públicos de autotransporte de pasajeros sujetos al régimen de las Leyes N° 2.449 y N° 2.499 fue por Decreto N° 711 del 05 de mayo de 2010;

Que desde entonces hasta la actualidad se han producido variaciones en los costos de explotación afectándose significativamente todos los rubros a saber: salarios, gasoil, chasis, carrocerías, lubricantes, cubiertas, repuestos y seguros del personal, entre otros, lo cual dificulta a las empresas del sector afrontar estos incrementos con el actual cuadro tarifario;

Que la Subsecretaría de Transporte cuenta con un sistema para el análisis de costos desarrollado por la Universidad Tecnológica Nacional, la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte (CENT) y el Grupo de Estudio sobre Transporte (GETRANS) el cual determina la estructura de los costos y permite establecer una base racional para la toma de decisiones en lo que hace a la fijación de tarifas de transporte de pasajeros;

Que él Área de Economía y Sistemas de la Subsecretaría de Transporte efectuó un estudio de costos actualizado a la fecha, tomando en consideración los mayores costos producidos en los rubros citados precedentemente;

Que ante esta situación, es necesario el dictado de medidas que coadyuven a compensar el desfasaje resultante, viabilizando la continuidad de las empresas prestadoras y, en consecuencia, la prestación de los servicios a los usuarios;

Que gradualmente en los últimos dos años las empresas han demostrado su esfuerzo en la mejora de los servicios tanto con el incremento de la flota afectada como en la modernización de la misma;

Que de acuerdo a lo establecido en los considerando del Decreto 711/10, en función a la realidad socioeconómica, se ha mantenido un seguimiento en la evolución de los costos, de la producción y de los subsidios nacionales que permiten evaluar el estado de situación del Sistema;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

Que la presente gestión se efectúa conforme a las facultades acordadas por el Artículo 53° de la Ley N° 2499 y modificatorias...

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