DECRETO 2030 / 2020 DECRETO de 3 de Noviembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor18 de Noviembre de 2020
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2020
Número de Boletín29861
Fecha de Publicación17 de Noviembre de 2020
Número de documento79328

DECRETO N° 2.030/3 (SH), del 03/11/2020.

EXPEDIENTE N° 3614/220-L-2020.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de San Isidro de Lules gestiona el otorgamiento de una asistencia financiera reintegrable, por hasta la suma de $3.159.690,06.- destinada al pago del Consorcio Público Metropolitano (GIRSU), correspondiente a las cuotas de octubre, noviembre y diciembre de 2020, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 7.974, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal en su Artículo 2°, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los municipios y comunas rurales Préstamos Reintegrables, quedando facultado para establecer en cada caso el monto y el destino de los mismos, como así también para convenir con los citados entes el plazo de amortización y demás condiciones para su reintegro.

Que para la entrega del monto requerido, la municipalidad deberá suscribir ante Escribanía de Gobierno la pertinente Escritura de Cesión de Derechos a favor del Superior Gobierno de la Provincia, cediendo la Coparticipación -Ley N° 6.316-, F.D.I. -Ley N° 6.650- Y modificatorias o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, en un plazo de 30 días a partir de la fecha del presente instrumento legal.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestionan serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria del Municipio; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección d...

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