Decreto s2934-2007

Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2007

DECRETO N° 2934

Santa Fe, 29 de Noviembre de 2007

V I S T O:

El expediente n° 00501-0082065-7 del S.I.E., correspondiente al registro del Ministerio de Salud, por el que se propicia la aprobación de la reglamentación de la Ley Nº 12.742; y

CONSIDERANDO:

Que la citada ley, en su artículo 1º, prevé la incorporación en carácter de personal permanente de los agentes contratados por los Servicios para la Atención Médica de la Comunidad (S.A.M.CO.) que al momento de su sanción presten funciones en similares condiciones al personal de planta, y que hayan ingresado con anterioridad al 31 de diciembre de 2005;

Que sin perjuicio de la incorporación ordenada por la ley, corresponde extremar los recaudos tendientes a verificar que el personal comprendido en la misma reúne las condiciones y requisitos generales de ingreso establecidos en el ordenamiento aplicable, en virtud de lo dispuesto por el artículo 14º segundo párrafo de la Constitución de la Provincia, con las adecuaciones del caso;

Que es necesario establecer criterios que permitan evaluar si las funciones que desempeñan los contratados pueden asimilarse a las del personal de planta permanente, según se trate o no, en cada caso, de personal comprendido en la Ley N°9282;

Que en las presentes actuaciones ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional, sin formular objeciones (Dictámenes Nros. 77.778 y 78.043/07, fs. 8 y 16);

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 72º inciso 4) de la Constitución Provincial y conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 12.742;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTICULO 1º

Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 12.742, que como Anexo Único integra el presente decreto.

ARTICULO 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Dra. Silvia Rosa Simoncini

ANEXO ÚNICO Artículos 1 a 3

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 12.742

ARTICULO 1º Previo a la incorporación del personal comprendido en los alcances de la ley, las autoridades de los Servicios para la Atención Médica de la Comunidad (S.A.M.CO.) deberán cumplimentar los siguientes requisitos:

a)Probar fehacientemente la fecha de inicio, la continuidad y la vigencia del Contrato y Decisorio correspondientes, mediante copia autenticada de ambos.

  1. Acreditar las inscripciones en los organismos fiscales y previsionales que correspondan a la naturaleza del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR