Decreto 572/2010

EmisorSindicatura General de la Nacion
Fecha de la disposición30 de Abril de 2010

Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 26/4/2010

VISTO el Expediente SIGEN Nº 1680/2009, las Leyes Nº 26.422 y Nº 26.546, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 1640 del 22 de diciembre de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nº 26.422 y Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2009 y 2010.

Que los artículos 7º de las mencionadas Leyes establecen que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por los artículos 10 de las citadas normas.

Que el Decreto Nº 491/2002 estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION solicita la designación transitoria de una profesional contable, en el Tramo A, Nivel II,

Grado 1 del Escalafón homologado por el Decreto Nº 1640/2005, para cumplir funciones de titular de la SECRETARIA GENERAL del Organismo, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la mencionada dependencia.

Que la profesional propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el cargo a cubrir.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone, con carácter de excepción a lo establecido en el Decreto Nº 1640/2005 y a lo dispuesto en los artículos 7º de las Leyes Nº 26.422 y Nº 26.546.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION para atender el gasto resultante de la presente medida.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º, de la...

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