Decreto 2.743 de 13 de Octubre de 2006

Fecha de publicación24 Octubre 2006
Fecha de disposición13 Octubre 2006
Número de Gaceta25521

La Plata, 13 de octubre de 2006.

VISTO lo actuado en el expediente 2100-18357/06 por el que tramita la promulgación de un proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura el 20 de septiembre del corriente año, mediante el cual se establece en cabeza de las Municipalidades la competencia para la intervención y labrado de actuaciones, bajo las condiciones que se establecen y previa adhesión de las mismas, cuando se refieran a extravío de bienes muebles o semovientes, quejas por molestias, colisión de vehículos sin verificación de lesionados, accidentes sin verificación de lesionados, extravío de Documentos de Identidad nacionales o provinciales y cualquier otro instrumento público o privado, certificado de supervivencia para trámites ante Organismos Previsionales, constancias de domicilio y certificación de firmas y copias, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1.824/06 determinó que a partir del 1º de agosto de 2006 ninguna dependencia, ni funcionario policial iniciaría actuaciones cuando se denunciaren alguno de los hechos supra mencionados, ya que dichas actividades, netamente de índole administrativa resultan ajenas a las propias de las Policías de la provincia de Buenos Aires, conforme la Ley Nº 13.482 de Unificación de las Normas de Organización de dichas Policías;

Que dicha medida permitió la profundización de las acciones vinculadas a la optimización y racionalización de los recursos humanos y logísticos policiales, para brindar un mejor servicio de seguridad pública en el territorio provincial;

Que el mencionado Decreto confiere al Ministerio de Gobierno -Dirección Provincial del Registro de las Personas- competencia para efectuar los trámites a que hacen referencia los incisos 1), 5), 6) y 7) del artículo 1º de la iniciativa, facultando al titular de la cartera a establecer las sumas a percibir por los servicios a prestar;

Que fue necesario adoptar en el ámbito del Registro de las Personas y sus Delegaciones medidas tendientes a implementar una infraestructura capaz de llevar a cabo las nuevas funciones encomendadas;

Que en consecuencia se debieron dictar normas complementarias y necesarias para su implementación, la capacitación del personal, campañas de difusión e información al público en general, designaciones y traslados de personal, impresión de formularios y boletas de pago y el consiguiente sistema de logística en general;

Que los trámites atinentes a la competencia...

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