Decreto 2.574 de 27 de Octubre de 2005

La Plata, 27 de octubre de 2005.

VISTO: Lo actuado en el expediente 2100-9095/05, por el que tramita la promulgación de un proyecto de ley, sancionado por la Honorable Legislatura en fecha 5 de octubre del corriente año, mediante el cual se crea el sistema de alarma para detectar el ingreso de Roya de la Soja "phakapsora pashyrhizi" a los cultivos de soja "glicine max" de la provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente la Ley de Sanidad Vegetal N° 5770, en cuyo marco se han realizado distintas acciones tendientes a solventar la problemática planteada por dicha plaga, entre las cuales se destaca la articulación con el Programa Nacional de Roya de la Soja, implementada a través del Convenio de Cooperación Técnica y Colaboración Mutua, celebrado con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, aprobado por Decreto N° 430/05;

Que en el mismo sentido se han realizado Talleres de Coordinación, durante los años 2004 y 2005, con técnicos de la actividad privada, además de Charlas Técnicas y Jornadas de Capacitación en diferentes localidades, como también se ha incorporado al Laboratorio Central de Sanidad Vegetal a la Red de Laboratorios de Diagnóstico del mencionado programa nacional;

Que sin perjuicio de reflejar una concreta y real preocupación por el avance de la Roya de la Soja en el ámbito bonaerense, debe concluirse que la iniciativa en estudio cuenta con un espectro de aplicación más acotado que la legislación vigente en el tema y con marcadas limitaciones frente a las actividades dirigidas a lograr un manejo adecuado de la enfermedad desarrolladas en la...

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