Decreto N° 2.387

EmisorMrio Trabajo Jus. y Gob.
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2012

DECRETO N° 2.387

Mendoza, 17 de diciembre de 2012

Visto las actuaciones administrativas N° 0004454-S-12-00951, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto N° 1427 de fecha 23/08/12 se aprobaron en todos sus términos el Protocolo Adicional N° 10/09 del Convenio N° 57/04 de fecha 30/12/09 para la mejora de las condiciones de los Trabajadores Rurales de Temporada y sus Familias, suscripto entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; el Protocolo Adicional N° 13/11 del Convenio N° 57/04 de fecha 05/04/11 para la mejora de las Condiciones de los Trabajadores Rurales de Temporada y sus familias suscripto entre la Secretaría de Empleo y la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI), dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, así como también, el Acta Complementaria N° 2 correspondiente al Protocolo N° 13/11 del Convenio N° 57/04 de fecha 31/05/11 para la mejora de las condiciones de los Trabajadores Rurales Temporarios y sus respectivas familias.

Que la aprobación de los protocolos ut supra mencionados y del Acta Complementaria N° 2 tienen su antecedente en el Decreto N° 2136 de fecha 18/10/04 que ratificó el Convenio Marco N° 57/04 entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y el Poder Ejecutivo Provincial para la implementación del Plan Integral para la promoción del empleo "Más y Mejor Trabajo" y del Plan Nacional de Regularización del Trabajo.

Que a partir del dictado del Decreto N° 1427 de fecha 23/08/12 la Provincia de Mendoza puede administrar fondos para equipamiento y traslado de niños de diecinueve (19) centros, siendo dicho financiamiento provisto por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, así como también, se garantiza la movilidad de los hijos de trabajadores rurales de temporada; equipamiento e infraestructura pública para la atención de trabajadores rurales de temporada y sus familias y capacitación, difusión y comunicación de las acciones para la mejora de las condiciones de vida de estos últimos.

Que sobre la base de las normas ut supra señaladas surge que a fs. 01/26 se presenta la Sra. María Eugenia Gotelli, en su carácter de Presidente de la Fundación Cumbres y solicita se le reconozca la primera cuota del subsidio correspondiente al 40% del total del subsidio del Programa "Buena Cosecha", conforme lo...

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