Decreto 2.032 de 21 de Octubre de 2003

La Plata, 21 de octubre de 2003.

Visto: El expediente 2209-148.039/03, por el cual se tramita la aprobación del Acta Acuerdo celebrada entre, el Director Provincial del Registro de las Personas y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, dependiente de la Secretaría de Estado y Trabajo y Seguridad Social de dicha Provincia, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acta Acuerdo cuya aprobación se gestiona, la Dirección Provincial del Registro de las Personas se compromete a proveer antes del día 15 de cada mes a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, la nómina de las defunciones cargadas en el mes inmediato anterior, acontecidas en el territorio de la Provincia, debiendo informar las rectificaciones que se realizaren, al mes siguiente y por su parte, la entidad receptora se obliga a utilizar la información suministrada por la Dirección Provincial del Registro de las Personas para uso exclusivamente interno, siendo los datos estrictamente reservados en un todo de acuerdo con las disposiciones de la Ley 17.671,

Que atento lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 4/4 vta.), procede el dictado del presente;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Acta Acuerdo celebrada entre el Director Provincial del Registro de las Personas, representado por su titular Dr. Mario Pablo Giacobbe y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, dependiente de la Secretaría de Estado y Trabajo y Seguridad Social de dicha Provincia, representada por la Dra. Gladis Haydée Aressi, a cargo de la Delegación Buenos Aires, conforme Resolución Interna Nº 0093/1995, refrendada por el señor Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que obra a fojas 9 del expediente a que hace referencia el visto del presente y forma parte integrante del presente Decreto, con el objeto de establecer la colaboración entre los Organismos firmantes, expuesta en el primer considerando del presente acto administrativo.

Artículo 2º

El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

Artículo 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y remítase al Ministerio de Gobierno a sus efectos.

SOLA

F. C. Scarabino

ACTA ACUERDO

Entre el Director Provincial del Registro de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos...

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