Decreto 2.021 de 21 de Octubre de 2003

La Plata, 21 de octubre de 2003.

Visto: El expediente Nº 2408-8447/97 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a través del cual se gestiona la aprobación del Convenio de Transferencia de Bienes celebrado entre la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, en función de A.G.O.S.B.A. (Residual), y la Municipalidad de Monte; y

CONSIDERANDO:

Que dicho convenio es ampliatorio y rectificatorio del celebrado entre las partes con fecha 11 de julio de 1986 y tiene como objeto rectificar la denominación catastral de uno de los inmuebles cedidos que se consigna en el Anexo 1 del acuerdo original;

Que por el instrumento en análisis se deja expresamente establecido que el Municipio transfiere a A.G.O.S.B.A. el inmueble ubicado en la localidad de San Miguel del Monte, partido de Monte, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección C, Chacra 11, Parcela 2b y no como fuera mencionado en el convenio originario;

Que a fs. 54 obra en fotocopia la Ordenanza Municipal Nº 2.726/00 que autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir el mencionado Convenio;

Que a fs. 64 toma intervención la Contaduría General de la Provincia;

Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 63) y la vista del señor Fiscal de Estado (fs. 66), procede dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Convenio de Transferencia de Bienes, que agregado, como anexo se declara forma parte integrante del presente, ampliatorio y rectificatorio de su similar de fecha 11 de julio de 1986, celebrado entre la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, en función de A.G.O.S.B.A. (Residual), y la Municipalidad de Monte con la finalidad de rectificar la nomenclatura catastral de uno de los inmuebles cedidos por el acuerdo original.

Artículo 2º

El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 3º

Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Autoridad del Agua) para su conocimiento y fines pertinentes.

SOLA

R. Rivara

CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE BIENES

Entre el Presidente del Directorio de la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, Cr. Héctor Hugo...

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