Decreto Nº 337

Monte Grande, 5 de abril de 2010.

POR 2 DÍAS - VISTO lo dispuesto por el Artículo 94, inciso 1), de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establecido por el Artículo 108, inciso 16 del citado texto legal corresponde al Departamento Ejecutivo ejercer las atribuciones y cumplir los deberes inherentes a la naturaleza de su cargo o que le impongan las leyes de la Provincia;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, DECRETA:

ARTÍCULO 1º

Habilítase por el término de quince (15) días, desde el 1º hasta el 15 de mayo inclusive, el Registro de Mayores Contribuyentes, que se encuentren en las condiciones establecidas por el Artículo 93 de la citada Ley, que tengan domicilio real y permanente en el Municipio. El aludido Registro estará a disposición de los interesados en la Secretaría de Gobierno (Despacho) de la Municipalidad de Esteban Echeverría.

ARTÍCULO 2º

Regístrese. Publíquese. Comuníquese al honorable Concejo Deliberante con copia del presente. Tome...

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