DECRETO 199 / 2024 DECRETO / 2024-01-26

Fecha de publicación23 Febrero 2024
Fecha26 Enero 2024
Número de Gaceta30.661
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 199/8 (MOySP), del 26/01/2024.
EXPEDIENTE N° 1864/390-C-2019 y Agdos.-
VISTO que por el expediente de referencia se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por EDET S.A. (fs. 50/53), en contra de la Resolución N° 388/20-ERSEPT de fecha 21/07/2020 (fs. 45/48), emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT), confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 117/20 de fecha 28/01/20 (fs.27/30), emitida por la Gerencia de Atención al Usuario del citado Ente, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 117/20 (fs. 27/30) dispuso hacer lugar al reclamo formalizado por el Sr. Campos Walter Ariel DNI N° 25.498.391, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en el electrodoméstico consignado en el Formulario Serie RD N° 25.215, la cual fue notificada a EDET S.A. en fecha 14/02/2020 (fs. 31).
Que a fs. 50/53 obra Recurso de Alzada interpuesto por EDET S.A. en contra de la Resolución ERSEPT N° 388/20 (fs. 45/48), confirmatoria de la Resolución ERSEPT N° 117/20 (fs. 7/30), por entender que ambas son nulas de: nulidad absoluta.
Que para la admisión formal de los recursos administrativos la Ley N° 4.537, en su artículo 60 in fine prevé que: "La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formas y recaudos previstos en el artículo 21 y siguientes, en lo que fuere pertinente, indicándose además, de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como legítimos para sus derechos o intereses. Podrá ampliarse la fundamentación de los recursos deducidos en término, en cualquier momento antes de la resolución. Advertida alguna deficiencia formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio que se le fije, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso.
Que con fecha 14/09/2020 EDET SA. fue...

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