DECRETO 1934 / 2017 DECRETO de 23 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor13 de Julio de 2017
Fecha de la disposición23 de Junio de 2017
Número de Boletín29041
Fecha de Publicación12 de Julio de 2017
Número de documento60578

DECRETO N° 1.934/3 (ME), del 23/06/2017.

EXPEDIENTE N° 1.835/170-C-2004 y Agdo.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita reclamo administrativo interpuesto por ex agentes dependientes del ex Banco de la Provincia de Tucumán, y

CONSIDERANDO:

Que a Fs. 2/5 el señor José Miguel del Carmen por derecho propio y como representante de las personas cuya nómina obra en dicha presentación, solicita el pago de indemnización y demás rubros derivados de sus vínculos de empleo con esa entidad.

Que constan en autos las planillas con los rubros indemnizatorios reclamados por los ex agentes y los respectivos poderes a favor del Sr. José Miguel del Carmen (Fs. 54/196).

Que la Dirección de Despacho del Ministerio de Economía informa, a foja 213, quienes iniciaron expedientes administrativos que tramitan por cuerda separada.

Que la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que iniciaron acciones judiciales: Emma Mercedes Páez de Del Carmen, Miguel Antonio Avellaneda, Carlos Enrique Ruesjas, Celina del Valle Rozhenal, Patricia Dora Fornaciari, Alicia de las Mercedes Oberman de Dejardins, Rosa Argentina Campi de González y Eduardo Cesar Millán, consignando además el estado de cada uno de los juicios en informes sucesivos, conforme se desprende de fs. 209 y 216/219.

Que a Fs. 227/228 y 236/237 se adjuntan presentaciones por las cuales los reclamantes solicitan la aplicación de la sentencia N° 1111/14 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia en los autos "Ingeco S.A.C.C.I.F.I.A.G.F. y S. vs. Provincia de Tucumán s/ Cobro (Ordinarios).

Que en cuanto a los peticionantes que no iniciaron acciones legales sobre el reclamo de autos, cualquier derecho que hipotéticamente les hubiera correspondido se encuentra prescripto, teniendo en cuenta el año (1995) de privatización del Banco de la Provincia de Tucuman en que fueron desvinculados de la entidad.

Que encontrándose vigente desde el 1 de agosto de 2015 el nuevo Código Civil y Comercial, cabe señalar que el artículo 2537 dispone que los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley, se rigen por la anterior, aclarando que si el plazo fijado por la ley antigua finaliza antes que el nuevo plazo contado a partir de la vigencia de la nueva ley, se mantiene el plazo de prescripción de la ley anterior.

Que en el presente caso el plazo de prescripción es el establecido...

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