Decreto 193 de 07 de Febrero de 2006

La Plata, 7 de febrero de 2006.

VISTO: El Expediente Nº 21900-1476/06 de la JEFATURA DE GABINETE, mediante el que tramita la solicitud efectuada por el "ENTE ADMINISTRADOR DEL ASTILLERO RIO SANTIAGO", en virtud de la cual se propicia la restitución de algunas parcelas e instalaciones pertenecientes a la Zona Franca La Plata, y;

CONSIDERANDO:

Que el Astillero Río Santiago es un establecimiento productivo histórico dentro de la Industria Naval Argentina, cuyo inicio de actividades se produjo en la ciudad de Ensenada, el 15 de junio de 1953;

Que el mismo se estableció en una superficie de 229 hectáreas, sobre las cuales se construyeron diversas instalaciones que permitían una adecuada y óptima ejecución de los trabajos que se llevaron a cabo en ese ámbito;

Que en el año 1993, enmarcado en el proceso de privatización de la década de los noventa, se suscribe un Convenio entre la Nación y la Provincia de Buenos Aires, por el cual la primera transfirió a la Provincia el personal y los activos de los "Astilleros y Fábricas Navales del Estado S.A." y el "desarrollo, explotación y comercialización de las actividades propias y conexas...", entre los que se encontraba el Astillero Río Santiago;

Que concomitante con ello, el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto N° 1788/93, (reglamentario de la Ley N° 5142 de creación de Zonas Francas en el Puerto de La Plata), estableció los límites territoriales donde la misma tendría su funcionamiento, los cuales se detallaron en el...

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