DECRETO 1914 / 2021 DECRETO de 9 de Agosto de 2021

Fecha de disposición09 Agosto 2021
Fecha de publicación01 Septiembre 2021
Número de registro82940
Número de Gaceta30052

DECRETO N° 1.914/4 (SENAyF), del 09/08/2021.

EXPEDIENTE N° 4556/425-F-2021

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se solicita la renovación del Contrato de Servicios de los agentes que prestan servicios en el Centro de Recepción y Clasificación de Menores Julio A Roca, y

CONSIDERANDO:

Que ello obedece a la necesidad de continuar con las tareas que los agentes llevan a cabo en el citado Centro de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social.

Que a fs. 02/03 obra copia de Decreto N° 2184/4 (SENAYF) del 26/07/2019, mediante el cual se autorizó la contratación de servicios de los agentes citados a fs. 01.

Que a fs. 02/41 se agregan Fojas de Servicios y copias de Contrato oportunamente suscriptos.

Que a fs. 42 Interviene la Dirección de Capital Humano del Ministerio de Desarrollo Social.

Que a fs. 44 la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen y a fs. 45 agrega Modelo de Contrato de Servicios.

Que a fs. 48 emite informe de su competencia la Dirección General de Recursos Humanos.

Que a fs. 49 la Dirección General de Presupuesto consigna la imputación presupuestaria pertinente y a fs. 43 hace lo propio la Dirección de Administración de la Secretaría de Estado de Gestión Administrativa dependiente del citado Ministerio.

Que a fs. 54 presta conformidad el señor Ministro de Desarrollo Social y fs. 58 lo hace la señora Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia.

Que a fs. 57 el Departamento de Desarrollo y Gestión Institucional informa que los agentes continúan prestando servicios.

Que obra Dictamen Fiscal N° 1476 de fecha 05/08/2021 (fs. 56)

Que la presente gestión se encuadra en las previsiones de los artículos 40° Inc. 2), 42° y 46° de la Ley N° 5473 y su Reglamentación, estimándose procedente dictar la medida administrativa.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Autorízase al titular de la Secretaría de Estado de de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social a suscribir un Contrato de Servicios por el término de doce...

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