Decreto 1889/2015

Fecha de disposición15 Septiembre 2015
Fecha de publicación16 Septiembre 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33215



EDUCACIÓN SUPERIOR

Decreto 1889/2015

Universidad de Flores. Autorización.

Bs. As., 15/09/2015

VISTO el Expediente N° 15.817/09 en CINCUENTA Y SEIS (56) cuerpos del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la Ley de Educación Superior N° 24.521 y el Decreto Reglamentario N° 576 del 30 de mayo de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4° de la Ley N° 24.521 traza como objetivos de la educación superior, entre otros, formar científicos, profesionales y técnicos que se caractericen por la solidez de su formación y por su compromiso con la sociedad de la que forman parte; promover el desarrollo de la investigación y las creaciones artísticas, contribuyendo al desarrollo científico, tecnológico y cultural de la Nación; garantizar crecientes niveles de calidad y excelencia en todas las opciones institucionales del sistema; profundizar los procesos de democratización en la educación superior, contribuir a la distribución equitativa del conocimiento y asegurar la igualdad de oportunidades; articular la oferta educativa de los distintos tipos de instituciones que la integran y promover una adecuada diversificación de los estudios de nivel superior, que atienda tanto a las expectativas y demandas de la población como los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva.

Que resulta una obligación ineludible, en virtud de la responsabilidad indelegable que le cabe al Estado en la prestación del servicio de educación superior, instrumentar los medios necesarios a fin de reconocer y garantizar el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas.

Que con el objeto de hacer efectivo los elevados propósitos formulados en la norma citada, el Legislador previó un régimen específico que determina los requisitos que deberán satisfacer las instituciones universitarias que propendan a esos fines.

Que en el citado expediente la UNIVERSIDAD DE FLORES, con sede central en la AVENIDA NAZCA 274, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, autorizada a funcionar provisoriamente por el Decreto N° 2.361 del 28 de diciembre de 1994, solicita el reconocimiento definitivo para funcionar como institución universitaria privada, a tenor de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley N° 24.521 de Educación Superior.

Que la solicitud fue presentada según las prescripciones del artículo 12 del Decreto N° 576/96 y substanciada conforme el...

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