Decreto 187/2022

Fecha de publicación18 Abril 2022
SecciónDecretos
EmisorFONDO NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-85311136-APN-DE#AND, las Leyes Nros. 24.452 y sus modificatorias, 25.730, 26.378 y 27.044 y los Decretos Nros. 984 del 18 de junio de 1992 y sus modificatorios, 153 del 16 de febrero de 1996, 1277 del 23 de mayo de 2003 y su modificatorio y 698 del 5 de septiembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.378 aprobó la “CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD” y su Protocolo facultativo y la Ley N° 27.044 le otorgó jerarquía constitucional en los términos del artículo 75, inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que a través del artículo 4° de la citada Convención, los Estados Partes se comprometieron a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad y a adoptar, entre otras cuestiones, todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la misma, debiendo tener en cuenta, en todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Que las Leyes Nros. 24.452 y 25.730 establecieron que los fondos que recaude el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en virtud de las multas previstas en las citadas normas, serán destinados para la aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad.

Que el artículo 3° de la referida Ley N° 25.730 dispuso que los citados fondos serán administrados por el COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, creado por el Decreto N° 153/96 y sus modificatorios.

Que por el Decreto N° 1277/03 se creó el FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD y se estableció la composición y atribuciones del COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, presidido y coordinado por el Presidente o la Presidenta de la ex-COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Que, asimismo, con el fin de garantizar la ejecución e implementación de los programas y proyectos, se creó una UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS del FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, a cargo de una Coordinación General con rango y jerarquía de Dirección Nacional.

Que mediante el Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA de la NACIÓN, como continuadora de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS).

Que el artículo 17 del Decreto N° 868/17 mantiene la vigencia, entre otros, del COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD y establece que el Director Ejecutivo o la Directora Ejecutiva de la AGENCIA NACIONAL DE...

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