DECRETO 1865 / 2017 DECRETO de 21 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Julio de 2017
Fecha de la disposición21 de Junio de 2017
Número de Boletín29038
Fecha de Publicación 7 de Julio de 2017
Número de documento60490

DECRETO N° 1.865/4 (SENAyF), del 21/06/2017.

EXPEDIENTE N° 2.541/425-J-2.016.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la agente Graciela Elizabeth Jozami de Cortez, solicita la titularización en el cargo de Categoría 22 de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, que ocupa interinamente; y

CONSIDERANDO:

Que ello en razón que mediante Decreto N° 2.879/4-SENAyF del 10/09/2.015, se le asignó la función de Jefa de Departamento de Atención Social y se la promovió interinamente a la agente en cuestión, en el cargo de Categoría 22, con retención de su cargo de Categoría 21 de planta permanente de la citada Secretaría de Estado;

Que a fs. 06/12 obra fojas de servicios de la señora Jozami;

Que a fs. 15 interviene la Jefa del Departamento de Desarrollo y Gestión Institucional de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia y a fs. 16 emite dictamen la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social;

Que a fs. 18 se expide la Dirección General de Recursos Humanos;

Que a fs. 20 la Dirección General de Presupuesto señala que la agente ocupa un cargo de Planta Permanente y su titularización no representa incremento alguno en el gasto presupuestario;

Que a fs. 25 la Directora de Capital Humano del precitado Ministerio emite opinión favorable;

Que lo gestionado se encuentra en las previsiones de la Ley N° 5.473 y su Decreto Reglamentario N° 646/1-83, estimándose procedente dictar la medida administrativa pertinente.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 23 (Dictamen N° 1.479 de fecha 10/08/2.016);

El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR