DECRETO 1848 / 2013 DECRETO de 19 de Junio de 2013

Fecha de la disposición19 de Junio de 2013
Número de Boletín28053
Fecha de Publicación 3 de Julio de 2013
Número de documento34600

DECRETO N° 1.848/9 (MDP), del 19/06/2013. Expte. N° 1421/460-F-2013.

VISTO, la Ley N° 8.578; por la cual se autoriza a otorgar un subsidio a la firma ITIN S.A. destinado a completar la primera etapa de la obra "Construcción del Hotel Howard Johnson", alojamiento hotelero cuatro estrellas, ubicado en Avenida Aconquija N° 1136 de la ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán;

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3 se faculta al Ente Autárquico Tucumán Turismo a suscribir los convenios y/o acuerdos que resulten pertinentes para perfeccionar la instrumentación del referido subsidio;

Que a su vez, el artículo 4 establece las cláusulas mínimas que deberán contener los convenios y/o acuerdos que se suscriban, disponiendo en su inciso 2 que el control de la inversión estará a cargo del organismo que determine el Poder Ejecutivo;

Que de acuerdo a lo establecido en la ley, resulta necesaria, entonces, su reglamentación;

Por ello, y en virtud de lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 11 (Dictamen Fiscal N° 1109 de fecha 14/06/2013):

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Apruébase la Reglamentación de la Ley N° 8.578, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2° El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Productivo.
ARTICULO 3° Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese

ANEXO

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 8.578

ARTICULO 1°

Autoridad de Aplicación. Será Autoridad de Aplicación de la Ley N° 8.578 el Ente Autárquico Tucumán Turismo, en razón de su competencia en la materia.

ARTICULO 2°

Convenios. Facúltase al Ente Autárquico Tucumán Turismo en el carácter de Autoridad de Aplicación a suscribir los convenios y/o acuerdos, y a dictar todas las normas reglamentarias, aclaratorias y/o complementarias, como así también a establecer los requisitos, condiciones y formalidades que considere necesarios a los fines de la aplicación, fiscalización y control del régimen establecido por la Ley N° 8.578 y el presente Decreto.

ARTICULO 3°

Fiscalización. La obra deberá ajustarse y adecuarse a un plan de trabajo y curva de inversión y turismo sustentable que será presentado por la Empresa y servirá de base para el posterior control. La Empresa asume la obligación de brindar total colaboración con las tareas de inspección y control de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR