Decreto 182. DECTO-2019-182-APN-PTE - Ley N° 25.506. Reglamentación.

Fecha de disposición12 Marzo 2019
Fecha de publicación12 Marzo 2019
MateriaDerecho de las Nuevas Tecnologías
SecciónDecretos

FIRMA DIGITAL

Decreto 182/2019

DECTO-2019-182-APN-PTE - Ley N° 25.506. Reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2019

VISTO: el Expediente N° EX-2018-68180684-APN-SECMA#JGM, las Leyes N° 25.506 y su modificatoria N° 27.446, los Decretos Nros. 2628 del 19 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, 283 del 14 de febrero de 2003, 561 del 6 de abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016, 892 del 1° de noviembre de 2017, 801 del 5 de septiembre de 2018 y 802 del 5 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que la creación de un clima de confianza en el entorno digital es esencial para el desarrollo económico y social, por lo que resulta conveniente reforzar la confianza en las transacciones electrónicas en nuestro país, para lograr interacciones electrónicas seguras entre los ciudadanos, las empresas y la Administración Pública e incrementar, en consecuencia, la economía digital, la prestación de servicios en línea públicos y privados y el comercio electrónico.

Que la Ley N° 25.506 y su modificatoria reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, complementando las normas de derecho civil y comercial relativas a la firma, al documento, a su condición de original y a la conservación documental, elementos esenciales para otorgar seguridad a las transacciones electrónicas, promoviendo el comercio electrónico seguro y la autenticación fehaciente de las personas que realizan dichas transacciones en entornos virtuales.

Que la citada Ley N° 25.506 y su modificatoria instituyó la Infraestructura de Firma Digital con alcance federal, abarcando todo el territorio nacional, estableciendo las facultades y obligaciones de sus componentes: la Autoridad de Aplicación, el Ente Licenciante, el Ente Auditante, los certificadores licenciados y los titulares de certificados digitales.

Que, asimismo, la sanción de la Ley N° 25.506 otorgó un decisivo impulso para la progresiva despapelización del Estado, contribuyendo a mejorar su gestión, facilitar el acceso de la comunidad a la información pública y posibilitar la realización de trámites por Internet en forma segura.

Que, en tal sentido, y siendo la materia administrativa de carácter local, la Ley N° 25.506 y su modificatoria estableció en sus artículos 47 y 48 el uso obligatorio de la firma digital para las transacciones de la Administración Pública Nacional, e invitó a las...

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