DECRETO 1793 / 2017 DECRETO de 19 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor22 de Julio de 2017
Fecha de la disposición19 de Junio de 2017
Número de Boletín29048
Fecha de Publicación21 de Julio de 2017
Número de documento60785

DECRETO N° 1.793/5 (MEd), del 19/06/2017.-

VISTO que se hace necesario autorizar el traslado de la Prof. Marina Inés Perl- Directora de Calidad Educativa del Ministerio de Educación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 3 de julio de 2.017, y

CONSIDERANDO:

Que la Prof. Perl participará "Del tercer encuentro 2.017 de la Red Federal para la mejora de Aprendizajes", a realizarse los días 3, 4 y 5 de julio de 2.017, convocada por el Ministerio de Educación y Deporte de la Nación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, como es de público conocimiento, a partir del 01 de junio y hasta el 31 de agosto de corriente año, el aeropuerto de nuestra provincia "Benjamín Matienzo" permanecerá cerrado por obras de refacción, por lo que las operaciones aéreas en ese periodo se efectuaran desde el aeropuerto de Termas de Río Hondo, Santiago del Estero.

Que atento a lo indicado en el párrafo anterior, por Circular n° 4 del 22/05/17 de la Secretaria General de la Gobernación se fijan las disposiciones a considerar para los traslados del personal de las respectivas reparticiones de la Administración, que deban ausentarse de la provincia en misión oficial utilizando la vía aérea.

Que se hace necesario dictar la medida administrativa pertinente.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

AUTORÍZASE, en mérito a lo expresado precedentemente a la Prof. Marina Inés Perl (D.N.I. N° 29.212.088 ), Directora de Calidad Educativa, del Ministerio de Educación, a trasladarse el día 2 de julio de 2.017 en misión oficial a la Ciudad de Termas de Río Hondo -vía terrestre- y desde allí a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, -vía aérea- hasta el 4 de julio de 2017, con regreso en la última fecha con el trayecto "Buenos Aires- Termas de Río Hondo" por vía aérea y "Termas del Río Hondo- Tucumán por vía terrestre. Dejando establecido que los traslados vía terrestre quedaran por cuenta particular de la Prof. Parl, conforme lo estipula la circular N° 4 de fecha 22 de mayo de 2.017, lo que no significara erogación presupuestaria por parte del Estado.

ARTICULO 2°

Impútese la erogación resultante de lo...

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