DECRETO 1784 / 2021 DECRETO de 29 de Julio de 2021

Fecha de disposición29 Julio 2021
Fecha de publicación20 Agosto 2021
Número de registro82805
Número de Gaceta30044

DECRETO N° 1.784/7 (MS), del 29/07/2021.

EXPEDIENTE N° 1092/700-S-2021.

VISTO que por las presentes actuaciones el señor Secretario de Estado de Transporte y Seguridad Vial tramita la autorización para la celebración de un Convenio marco de Cooperación para la implementación de la Red Federal de Asistencia a Víctimas y a Familiares de Víctimas de Siniestros Viales, entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), por una parte, y la Provincia de Tucumán, por la otra parte; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.363 en su artículo 1° crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio de la Nación, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales e internacionales. Asimismo, los artículos 3° y 4° (inciso a) disponen que la Agencia será la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial, y que entre sus funciones se encuentran las de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro.

Que a fs. 12-22 obra el Convenio y sus anexos.

Que Las Partes acuerdan instrumentar la coordinación necesaria entre la A.N.S.V. y la Provincia de Tucumán, con el fin de contribuir en el proceso de implementación de la Red Federal de Asistencia a Víctimas y a Familiares de Víctimas de Siniestros Viales, mediante la articulación de los recursos con los que cuente la A.N.S.V. y ponga a disposición, como así también la jurisdicción interviniente, a los efectos de satisfacer en la post emergencia los requerimientos de las víctimas, a fin de morigerar las consecuencias que surgen de un siniestro vial (Cláusula Primera).

Que Las Partes acuerdan trazar conjuntamente un Plan de Acción, que forma parte del Anexo I del Convenio, que determinará las medidas efectivas a implementar de manera gradual en el territorio provincial, articulando con organismos nacionales y provinciales (Clausula segunda).

Que Las Partes se comprometen a designar un...

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