Decreto 1742/2015

Fecha de disposición26 Agosto 2015
Fecha de publicación01 Septiembre 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33204



MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 1742/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora Nacional de Planificación y Articulación.

Bs. As., 26/08/2015

VISTO el Expediente N° 6732/15 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y el Decreto N° 2608 de fecha 30 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2608/14 fue designada con carácter transitorio la señora María Virginia PETROZZINO, en un cargo de la Planta Permanente Nivel A, Grado 0, como DIRECTORA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN del MINISTERIO DE CULTURA.

Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado del Decreto N° 2608/14, el MINISTERIO DE CULTURA, solicita se prorrogue la designación de la citada funcionaria, en los mismos términos del nombramiento original.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Dáse por prorrogada desde su vencimiento, a partir del día 6 de mayo de 2015, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria de la señora María Virginia PETROZZINO (D.N.I. N° 20.005.257), en un cargo de la Planta Permanente Nivel A, Grado 0, como DIRECTORA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN del MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, cuya designación fuera dispuesta por el Decreto N° 2608/14, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2°

— El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 6 de mayo de 2015.

Art. 3°

— El gasto...

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