DECRETO 1729 / 2022 DECRETO / 2022-06-10

Fecha de publicación01 Julio 2022
Fecha10 Junio 2022
Número de Gaceta30.256
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 1.729/3 (ME), del 10/06/2022.
EXPEDIENTE N° 237/388-U-2022
VISTO el Decreto N° 1594/3(SH) del 30/05/2022 y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicho acto administrativo se dispuso la transferencia del Programa 14 - UO N° 040 -Gobernación y Secretaría General de la Gobernación - Aporte para Pasividades, de la Jurisdicción 03 a la Jurisdicción 50 - SAF a cargo del Tesoro, Programa 94 - Aportes Seguridad Social.
Que atento a ello, corresponde delegar en el Sr. Secretario de Estado de Hacienda la facultad de autorizar las transferencias de fondos al Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (IPSST), en forma mensual, destinada al pago de los beneficios previsionales de jubilados y pensionados provinciales ex Dirección Provincial de Obras Sanitarias -DIPOS- y ex Banco Provincia Tucumán, y Renta Vitalicia Héroes de Malvinas.
Que por lo expuesto, resulta necesario dejar sin efecto los Dctos. N° 1212/1-2001 y su modificatorio N° 1431/1-2001, en virtud de los cuales se delegaba en la Secretaría General de la Gobernación (SGG) la facultad para otorgar, mediante resolución, aportes financieros no reintegrables en forma mensual, a favor del IPSST, para abonar los citados beneficios, como así también adecuar lo establecido por los Art. 1° y 7° del Decreto N° 2649/1-2002.
Que en consecuencia, corresponde proceder de conformidad con lo tramitado, dictando para ello la pertinente medida administrativa que disponga al, respeto.
Por ello; y en virtud al dictamen fiscal N° 1264 del 16 de mayo de 2022, adjunto a fojas 19/20 de estos actuados,

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:

ARTICULO 1°: Déjase sin efecto -por lo expuesto en los considerandos que anteceden- lo dispuesto por los Decretos N° 1212/1 y su modificatorio N° 1431/1, de fecha 1 y 19 de junio de 2001, respectivamente.
ARTICULO 2°: Delégase en el señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA la facultad...

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