Decreto 172/2023
Fecha de publicación | 31 Marzo 2023 |
Emisor | CONTRATOS |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-05847698-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BCIE N° 2313 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BCIE N° 2313 el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA, con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Apoyo al Plan de Construcción “Casa Amor” – Políticas de Cuidado para Poblaciones Específicas” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MILLONES (USD 25.000.000).
Que el objetivo general del citado Programa consiste en brindar alojamiento, cuidado y acompañamiento en espacios de permanencia transitoria para los niños, las niñas, adolescentes, personas gestantes y sus familias, en situación social crítica, derivados por el Hospital de referencia.
Que el referido Programa se estructura en CINCO (5) componentes: (1) Construcción y equipamiento de Casa Amor; (2) Fortalecimiento de Capacidades Institucionales; (3) Supervisión, Evaluación y Auditoría; (4) Imprevistos y Escalamiento y (5) Comisión del BCIE.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Por su parte, la Evaluación Estratégica del Programa estará a cargo del Organismo Ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, como responsable de la ejecución técnica-metodológica.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BCIE N° 2313, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BCIE N° 2313 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Apoyo al Plan de Construcción “Casa Amor” – Políticas de Cuidado para Poblaciones Específicas” siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral...
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