DECRETO 1694 / 2017 DECRETO de 12 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor22 de Junio de 2017
Fecha de la disposición12 de Junio de 2017
Número de Boletín29026
Fecha de Publicación21 de Junio de 2017
Número de documento60205

DECRETO N° 1.694/1, del 12/06/2017.

EXPEDIENTE N° 035/115-D-2017.-

VISTO, que por estas actuaciones el Director de la Dirección Provincial de Aeronáutica solicita la autorización para contratar en forma directa con la firma Rockwell Collins Inc., con domicilio en Dallas, Texas, Estados Unidos de Norteamérica, la actualización de la suscripción anual del Sistema de Gestión en Vuelo- FMS (Flight Management System), de la aeronave Learjet 60XR, Matrícula LV-CKA, propiedad de la Provincia, por el término de un (1) año, y

CONSIDERANDO:

Que el citado funcionario informa (fs.1) que la contratación permitirá contar con el FMS, imprescindible para la navegación aérea, siendo aconsejable que el programa se adquiera por doce (12) meses, señalando también que aunque en la Factura consta el día 1/3/17 como fecha de la suscripción, la fecha válida de inicio de la suscripción, será la del pago. Aclara por ende que lo solicitado no es un reconocimiento del gasto. Expresa además que la presente contratación encuadra en la causales previstas en el Art. 59 Inc. 4) de la Ley N° 6.970 de Administración Financiera, ya que la empresa citada es la fabricante del sistema mencionado, instalado en la aeronave Learjet 60XR (fs. 15).

Que a fs. 2, la Habilitación de la Dirección Provincial de Aeronáutica indica la Partida Presupuestaria que atenderá el gasto, que asciende a la suma de U$S6.520.- (dólares estadounidenses seis mil quinientos veinte), según Factura N° 98356482, obrante a fs. 4/7, más la suma de $2.000.- (pesos dos mil) en concepto de gastos de transferencia bancaria al exterior.

Que a fs. 9, interviene Contaduría General de la provincia, sin formular observaciones; a fs. 14, la Dirección de Comercio Interior emite informe de su competencia; y a fs. 24, obra informe de la Dirección General de Presupuesto.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 16/17 (Dictamen N° 1073/2017),

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

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