DECRETO 1659 / 2019 DECRETO de 4 de Junio de 2019
Fecha de Entrada en Vigor | 23 de Junio de 2019 |
Fecha de la disposición | 4 de Junio de 2019 |
Número de Boletín | 29517 |
Fecha de Publicación | 21 de Junio de 2019 |
Número de documento | 72810 |
DECRETO N° 1.659/3 (ME), del 04/06/2019.-
EXPEDIENTE N° 4658/376-L-2019.
VISTO que por estos actuados la Dirección General de Rentas (DGR) tramita la renovación del contrato de alquiler, por el término de veinticuatro (24) meses, del local donde funciona la Receptoría Hiper Libertad I, ubicado en el Centro Comercial "Hipermercado Libertad" (número de identificación M2000420, L590) sito en Avda. Presidente Néstor Kirchner N° 3.440 -de esta ciudad Capital- por una suma total de $411.176,70; y
CONSIDERANDO:
Que a foja 1 se adjunta propuesta locativa expedida por la firma Libertad SA, en la cual se estipula un precio mensual de $8.577,56 (alquiler) más, un costo adicional de $5.146,53 (gastos comunes) con sus respectivas variaciones semestrales, agregándose a foja 2/20 toda la documentación correspondiente para la locación cuya contratación se tramita.
Que a fojas 21/24 se acompaña el pertinente modelo de contrato de locación a suscribir y a foja 27 obra solicitud de contratación.
Que foja 31 la Comisión dé Tasaciones informa que los valores pretendidos en el presente trámite en concepto de alquiler mensual y sus actualizaciones, están acorde a valores de mercado.
Que a foja 35 glosa informe de dominio actualizado del aludido inmueble y a foja 317/38 la Dirección de Comercio Interior de la Provincia considera adecuada y razonable la renovación del contrato (tanto técnica, como económicamente) indicando asimismo, que el inmueble en cuestión es el único en la zona de influencia con las características y precios acorde al mercado.
Que el Servicio Administrativo Financiero del mencionado organismo fiscal indica -a foja 41- las partidas presupuestarias que afrontaran la presente erogación.
Que a foja 46 la Directora General de Rentas encuadra la presente contratación en los términos del Art. 59° inc. 2) y 4) de la Ley N° 6.970-de Administración Financiera- y manifiesta que el contrato suscripto oportunamente vence el día 30 de junio del año en curso, resultando necesario continuar utilizando el local que ocupa actualmente la Receptoría, ya que el mismo cuenta con las comodidades y acondicionamientos necesarios para su buen funcionamiento, lo cual permite una adecuada atención de los contribuyentes.
Que al respecto cabe mencionar, que el presente pedido tiene fundamento en la imperiosa necesidad de no discontinuar con la locación actual, teniendo en cuenta que el...
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