DECRETO 1654 / 2023 DECRETO / 2023-05-17
Fecha de publicación | 27 Junio 2023 |
Fecha | 17 Mayo 2023 |
Número de Gaceta | 30.497 |
Sección | Sección Legislación y Normativa Provincial |
DECRETO N° 1.654/21 (MSP), del 17/05/2023.
EXPEDIENTE N° 6584/400-H-2021.-
VISTO, que se tramita el reconocimiento de servicios y pago de las diferencias salariales a la Srta. Silvina Vanesa Heredia, empleada del Ministerio de Salud Pública, por haber cumplido funciones de mayor jerarquía a cargo de la Subdirección de Despacho de ese Ministerio, por ausencia de su titular, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 386/21-MSP de fecha 15/04/2021, adjunta a fs. 02, se encargó a la Srta. Heredia, la atención de la mencionada Subdirección de Despacho, en las oportunidades que la Subdirectora de Despacho, C.P.N. Agustina Inés Olea, se encuentre en aislamiento obligatorio, haga uso de vacaciones, licencias u otros beneficios que implicaran su ausencia, a los fines de garantizar el normal funcionamiento del área.
Que a fs. 03/05, se agregan Resoluciones Internas: N° 1115/21-MSP del 28/05/2021, N° 1365/21-MSP del 30/06/2021, por Licencia Pre-parto a la mencionada agente a partir del 02/06/2021 y N° 1580/21-MSP del 29/07/2021, concediendo la Licencia Post-Parto.
Que a fs. 06/09, obra copia del Decreto N° 2020/21-MSP del 20/08/2021, donde se promueve a la agente Heredia a la categoría 21.
Que de fs. 11 a 16, se agregan las fojas de servicios de ambas agentes.
Que a fs. 31/34, la Subdirección de Administración del Ministerio de Salud Pública efectúa el cálculo parcial correspondiente a las diferencias por los remplazos A/C de la Subdirección de Despacho de la empleada Heredia.
Que a fs. 36, la Dirección General de Recursos Humanos emite informe favorable, manifestando que la situación de reemplazo transitorio se encuentra prevista en el art. 11 inc.1 de la Ley N° 5473 -Estatuto del Empleado Público-, que estipula: "El agente deberá cumplir servicios en el cargo en el que haya sido designado. No Obstante, habiendo adquirido estabilidad podrá revistar transitoriamente en algunas de las siguientes situaciones de excepción: 1- Ejercicio de cargos del nivel superior. Entiéndase por cargo nivel superior a los comprendidos entre las categorías veinte (20) y veinticuatro (24) ambas inclusive".
Que el art. 3° del Decreto N° 646/1-83 y modificatorias establece que: "Los remplazos transitorios de los cargos del nivel...
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