DECRETO 1612 / 2019 DECRETO de 31 de Mayo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor14 de Junio de 2019
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2019
Número de Boletín29513
Fecha de Publicación13 de Junio de 2019
Número de documento72741

DECRETO N° 1.612/3 (SH), del 31/05/2019.-

EXPEDIENTE N° 923/222-L-2019

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Municipalidad de Las Talitas gestiona una Asistencia Financiera en carácter de Aporte No Reintegrable por la suma de $6.000.000, y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado será destinado a obras de infraestructura en el municipio.

Que a efectos de proveer de conformidad con lo gestionado, resulta necesario adoptar la pertinente medida administrativa, y asimismo autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago.

Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 6, Dirección General de Presupuesto a fs. 7, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.147 del 27 de mayo de 2019, adjunto a fs. 9 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Otórgase -de conformidad al considerando que antecede- a la MUNICIPALIDAD DE LAS TALITAS, un Aporte No Reintegrable por la suma total de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000.-).
ARTICULO 2°

Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA a emitir una orden de pago a favor de la MUNICIPALIDAD DE LAS TALITAS, por la suma y el concepto citados en el Artículo precedente, e impútese la presente erogación a la Jurisdicción 50: SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 92: Apoyo a Gobiernos Municipales y Comunales, Finalidad/Función 150, Subprograma 00...

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