DECRETO 1517 / 2018 DECRETO de 15 de Mayo de 2018
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Mayo de 2018 |
Fecha de la disposición | 15 de Mayo de 2018 |
Número de Boletín | 29249 |
Fecha de Publicación | 17 de Mayo de 2018 |
Número de documento | 66149 |
DECRETO N° l.517/3 (ME), del 15/05/2018.
EXPEDIENTE N° 1129/110-L-2018- y Agdo.
VISTO el proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura de Tucumán en la sesión del 26 de abril de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho proyecto se declara de utilidad pública y sujetos a expropiación, inmuebles ubicados en la localidad de Gastona departamento Chicligasta, Padrones Catastrales N° 52.255, N° 53.232 y N° 52.268.
Que el artículo 2° del citado proyecto faculta al Poder Ejecutivo a transferir en donación los inmuebles allí descriptos a fin de ser destinados al funcionamiento de prácticas pedagógicas, dinámicas de campo y a la construcción de un nuevo edificio para la "Escuela Agrotécnica de Gastona Sud".
Que el artículo 3° prohíbe el cambio del destino de los inmuebles, la transferencia a título gratuito u oneroso, total o parcial o la desafectación de los fines a los que se encuentra destinado, determinando además, que el incumplimiento de estos cargos dará lugar a la revocación de la donación.
Que el artículo 4° faculta a la Escribanía de Gobierno a realizar sin cargo las escrituras traslativas de dominio.
Que a fs. 10/17 se adjunta informe de la Dirección General de Catastro y a fs. 26/27 interviene la Dirección de Registro Inmobiliario.
Que a fs. 35/39 interviene la Secretaría de Estado de Gestión Educativa, la Dirección de Educación Técnica y Formación Profesional, Dirección de Asuntos Jurídicos y la Secretaría de Estado de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, sin formular observaciones.
Que analizado el proyecto referido corresponde destacar que el Artículo 2° establece el destino específico que se asignará a los inmuebles en cuestión, resultando en consecuencia improcedentes los Artículos 3° y 4° del mismo, resultando necesario proceder a su Veto parcial, en uso de las facultades conferidas por el artículo 71 de la Constitución de la Provincia, disponiendo la promulgación del resto del Proyecto sancionado por cuanto conserva autonomía normativa.
Por ello, y en mérito al dictamen fiscal N° 1207 del 14 de mayo de 2018, adjunto a Fs. 41 de autos,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Opónese el...
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