DECRETO 1453 / 2021 DECRETO de 22 de Junio de 2021

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Julio de 2021
Fecha de la disposición22 de Junio de 2021
Número de Boletín30013
Fecha de Publicación 6 de Julio de 2021
Número de documento82288

DECRETO N° 1.453/3 (SH), del 22/06/2021.

EXPEDIENTE N° 561/389-P-2020.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita autorización para adoptar las medidas tendientes al pago de retroactividades post sentencia a favor de la señora Ana María del Valle Perondi, Jubilada Transferida a la Nación, en su carácter de actora del juicio "Perondi Ana María del Valle y otra c/ Provincia de Tucumán S/Diferencias Salariales - Expte. N° 195/17", y

CONSIDERANDO:

Que la Sentencia N° 372 del 24 de junio de 2019, dictada por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo - Sala III°, recaída en el juicio mencionado, obrante a fs. 27/30, reconoce el derecho a la movilidad en el beneficio previsional y condena a la demandada a liquidar los haberes de la actora en la forma considerada, a abonar las diferencias que se determinen en las planillas a practicarse, así como a abonar las diferencias que se generen a futuro.

Que a fs. 22 el área técnica correspondiente del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán adjunta planilla de liquidación de retroactividades post sentencia por el período comprendido del 25 de junio de 2019 a abril 2021, incluidos los S.A.C. correspondientes, e informa que corresponde el pago a la Sra. Perondi por la suma de $890.592,86.

Que a fojas 31 y 32, la Dirección de Auditoria de Fiscalia de Estado y Contaduría General de la Provincia verifican los cálculos y estiman que son razonables.

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar la medida administrativa tendiente a disponer el pago de retroactividades post sentencia a la señora Ana María del valle Perondi, debiéndose aplicar lo dispuesto por Decreto N° 3596/3(SH) del 12/11/2009, y su modificatorio Decreto N° 1115/3(M.E) del 28/04/2010.

Por ello, atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 33, el Departamento Asesoría Letrada de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 34 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1102 del 15 de junio de 2021, adjunto a fojas 36/37, de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA...

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