Decreto 138. Convalídase lo actuado por el Ministerio de Desarrollo Social en su carácter de representante del Estado Nacional.

Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2017

Decreto 138/2017

Convalídase lo actuado por el Ministerio de Desarrollo Social en su carácter de representante del Estado Nacional.

Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2017

VISTO el Expediente EX-2016-03839245-APN-ME#LN del registro de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, los Decretos N° 274 del 11 de marzo de 1998, Nº 600 del 4 de junio de 1999 y su modificatorio, Nº 1155 del 1 de diciembre de 2003 y el Decreto N° 743 del 2 de junio de 2016, y el Acta de Asamblea General Extraordinaria del 30 de noviembre de 2016 de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 743/16, se convalidó lo actuado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 12 de abril de 2016, convocada por el Directorio de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que de acuerdo con lo instruido por el artículo 2° del Decreto citado en el Considerando precedente, los representantes de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y del INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de la Comisión de Enlace creada al efecto, procedieron a acordar un Cronograma de Trabajo pormenorizado con el objeto de perfeccionar la asunción de competencias en materia de juegos de azar, destreza y apuestas mutuas por parte de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que dicho Cronograma de Trabajo forma parte del ACUERDO DE ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE JUEGOS DE AZAR, DESTREZA Y APUESTAS MUTUAS suscripto el 24 de noviembre de 2016 entre LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y el INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el cual fuera aprobado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL mediante la celebración de la Asamblea General Extraordinaria N° 66 del 30 de noviembre de 2016.

Que el ACUERDO aludido en el Considerando precedente establece la metodología mediante la cual la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES asume la competencia en materia de explotación y administración de juegos de azar que se desarrollan en su territorio.

Que LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO continuará ejerciendo su competencia en relación a la regulación, autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de juegos de apuestas y actividades conexas que se desarrollan en su jurisdicción descriptos en el ANEXO III, del aludido ACUERDO, hasta tanto el INSTITUTO DE JUEGOS DE...

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