DECRETO 1377 / 2018 DECRETO de 2 de Mayo de 2018

Fecha de Entrada en Vigor17 de Mayo de 2018
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2018
Número de Boletín29248
Fecha de Publicación16 de Mayo de 2018
Número de documento66090

DECRETO N° 1.377/1, del 02/05/2018.

EXPEDIENTE N° 398/112-DG-2018.-

VISTO, que por estas actuaciones la Dirección General de Recursos Humanos, eleva la nómina de los agentes en actividad (fs. 1), pertenecientes a distintas Reparticiones de la Administración Pública Provincial, que se encuentran en condiciones de acceder al beneficio de Jubilación Ordinaria, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 3/20, se adjuntan las respectivas Fojas de Servicios de dichos agentes, en donde consta la situación de revista de cada uno de ellos, como así también que no registran investigaciones administrativas.

Que conforme a lo dispuesto por el Art. 9 Inc. 4) de la Ley N° 5.473 (Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial), resulta procedente dictar la pertinente medida administrativa que intima dichos empleados, para que en un plazo de 30 (treinta) días corridos inicien los trámites correspondientes para la obtención del beneficio jubilatorio.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 22 (Dictamen Fiscal N° 1022/2018).

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Intimase a los agentes que a continuación se detallan, para que en un plazo de 30 (treinta) días corridos inicien los trámites correspondientes para obtener el beneficio de la Jubilación Ordinaria, dejándose establecido que vencido dicho plazo, se podrán dar finalizadas las funciones de los mismos, sin derecho a indemnización:

NOMBRE Y APELLIDO D.N.I. REPARTICION:

Raúl Antonio Romano 10.749.645 Dirección del Registro Inmobiliario

Delfín Fernández 10.708.978 Dirección General de Rentas

Carlos Julio Barcelo Gómez 10.219.791 Subsecretaría de Asuntos Agrarios...

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